CARGUE Y DESCARGUE DE CONTENEDORES |
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DEP-IT-01 Versión: 4 Fecha de creación: 20/01/2014 Fecha de actualización: 28/05/2024 |
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DESCARGUE
- Los operadores de montacarga no deben hacer uso de aparatos electrónicos (celular, tablets, audífonos, entre otros) en el desarrollo de la operación.
- No se debe proceder con el descargue del contenedor, sin las instrucciones previas del inspector.
- Ubicar el vehículo en el área de descargue acorde al almacenamiento.
- Se debe revisar antes de la operación que las condiciones para el descargue sean seguras así:
- Twist lock o “piñas” estén desasegurados.
- Que sea el contenedor correspondiente a descargar.
- Que las puertas del contenedor estén cerradas y aseguradas.
- Verificar que el conductor esté en la cabina, una vez retire los twists lock.
- El inspector debe anunciar al operador de la montacarga el descargue del contenedor
- Descargar el contenedor del vehículo
- Retirar el vehículo de la zona de almacenamiento.
- El vehículo no debe pasar debajo del contenedor suspendido a la maquina montacarga.
AlMACENAMIENTO
- La distribución del área de almacenamiento debe establecerse según criterios como:
- Capacidad de almacenamiento
- Resultados de la inspección
- Línea marítima
- Tipo del contenedor
- Tamaño del contenedor
- Fecha de ingreso
- Estado del terreno
- Disponibilidad de recursos
- Entre otras que contribuyan a optimizar las áreas.
- Los desplazamientos en las maquinas – Montacargas para el manejo de contenedores, debe realizarse con precaución, evitando accidentes en las instalaciones o equipos. No se debe sobrepasar la velocidad de 10 Km/h.
- Solo se debe llevar al bloque de almacenamiento aquellos contenedores que han sido inspeccionados.
- Autorizar al operador el descargue del contenedor, indicando el área donde debe ser ubicado.
- Para el almacenamiento en bloques superiores al tercer nivel, se debe verificar:
- El estado del terreno antes de ingresar al bloque.
- El acercamiento de la montacarga al bloque con el contenedor debe realizarse con una velocidad baja.
- Prevenir golpes entre contenedores por fila y/o bloque.
- Retirar la montacarga del bloque con el sprader cerrado.
CARGUE
- Los operadores de montacarga no deben hacer uso de aparatos electrónicos (celular, tablets, audífonos, entre otros) en el desarrollo de la operación
- No se debe proceder con el cargue del contenedor, sin las instrucciones previas del inspector.
- Para el cargue de los contenedores se debe verificar que el vehículo que transportará la unidad cuente con dispositivos de sujeción del contenedor a la plataforma y sea acorde al tamaño del contenedor. El vehículo que no cuente con estas disposiciones no debe ser cargado.
- Los desplazamientos en las maquinas – (Montacargas) para el manejo de contenedores, debe realizarse con precaución, evitando accidentes en las instalaciones o equipos. No se debe sobrepasar la velocidad de 10 Km/h.
- Para la asignación del contenedor, se debe tener en cuenta las especificaciones de:
- Formato DEP-FT-03 inspección de cargue de contenedores
- Carta de solicitud de retiro
- Asignación del inspector
- Para el cargue del contenedor, se debe verificar que la unidad corresponda a:
- Requerimiento de cargue
- Estado del contenedor
- Línea marítima / cliente
- Solo se debe cargar al vehículo aquellos contenedores que han sido inspeccionados.
- Para el cargue del contendor al vehículo, este último debe ubicarse en reversa hacia la posición de cargue.
- El vehículo no debe pasar debajo del contenedor suspendido a la máquina – (montacargas).
- Cargar el contenedor al vehículo.
INVENTARIO
- Los inventarios se deben realizar con una frecuencia mensual con alcance a todos los clientes de la siguiente manera:
- Se debe imprimir listado de inventario de contenedores generados por el sistema de patio, teniendo en cuenta la línea, el tipo y el tamaño de los contenedores.
- Las personas que realizan el inventario deben buscar cada uno de los contenedores físicamente en patio en los listados impresos y marcar los encontrados.
- Cualquier irregularidad debe ser comunicada de inmediato al responsable del depósito.
- El responsable del depósito debe revisar los reportes de inventarios realizados, las irregularidades las debe corregir y establecer un sistema de oportunidades de mejora.
- Cualquier anomalía debe ser comunicada a la línea marítima por parte de la gerencia.
MOVIMIENTO DE CONTENEDORES
- Para realizar manipuleo de contenedores sean llenos o vacíos como servicio adicional en el depósito de contenedores, se debe usar el formato DEP-FT-05 movimiento de contenedor.
- Como control para los movimientos generados en el depósito (almacenaje/retiro) se deben realizar cuadres diarios, los cuales deben contener:
- Informe de movimiento generado por el sistema de información.
- Documentación derivada de la operación
- Datos registrados en el documento DEP-FT- 02 Control de ingreso de vehículos
- Se deben generar informes diarios sobre los movimientos registrados en el sistema y deben ser enviados al representante de la línea.
- Cada movimiento realizado debe estar soportado en el formato DEP-FT-10 control de movimiento maquina