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- Category: Uncategorised
- Published: Wednesday, 26 August 2026 15:09
- Written by Super User
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1. Alcance
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Empresa / Sucursal |
BTA |
BUN |
CTG |
MAD |
YUM |
Caldas |
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Intermodal |
X |
X |
X |
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X |
X |
2. Objetivo
Establecer los lineamientos para la identificación, segregación, almacenamiento temporal y disposición adecuada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), generados durante las actividades administrativas, operativas y de soporte de la organización, con el fin de prevenir impactos ambientales y asegurar el cumplimiento de la normatividad aplicable.
3. Definiciones
- RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos): Equipos, dispositivos, componentes, accesorios o consumibles eléctricos y electrónicos que han sido descartados por pérdida de funcionalidad, obsolescencia tecnológica, daño, fin de su vida útil o decisión del usuario, requiriendo una gestión diferenciada para prevenir impactos ambientales y riesgos para la salud.
- Aparato Eléctrico y Electrónico (AEE): Equipo que requiere corriente eléctrica o campos electromagnéticos para su funcionamiento, así como aquellos destinados a generar, transmitir o medir dicha energía.
- Almacenamiento Temporal de RAEE: Actividad mediante la cual los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos son mantenidos de manera organizada, segura y controlada en un área destinada para tal fin, antes de su reutilización, aprovechamiento, reciclaje o entrega a un gestor autorizado.
- Aprovechamiento: Proceso mediante el cual los materiales, componentes o equipos contenidos en los RAEE son recuperados para reincorporarse a procesos productivos, reduciendo la necesidad de utilizar materias primas vírgenes.
- Batería Usada: Acumulador eléctrico que ha perdido su capacidad funcional o ha sido retirado de servicio. Dependiendo de su composición química, puede contener sustancias peligrosas que requieren una gestión diferenciada.
- Baja de Activos Tecnológicos: Proceso administrativo mediante el cual la organización retira oficialmente de operación equipos eléctricos o electrónicos por daño, obsolescencia, reemplazo o pérdida de funcionalidad.
- Componente Electrónico: Elemento interno de un equipo eléctrico o electrónico, como tarjetas electrónicas, procesadores, memorias, fuentes de alimentación, discos duros, circuitos impresos y otros dispositivos similares.
- Disposición Final: Alternativa de manejo aplicada a los residuos que no pueden ser reutilizados, aprovechados o reciclados, mediante procesos autorizados que garantizan la protección del ambiente y la salud humana.
- Gestor Autorizado: Persona natural o jurídica que cuenta con los permisos, licencias o autorizaciones requeridas para realizar actividades de recolección, transporte, almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento o disposición final de RAEE.
- Inventario de RAEE: Registro documental que permite identificar, cuantificar y controlar los residuos electrónicos generados o almacenados por la organización.
- Obsolescencia Tecnológica: Condición en la cual un equipo o dispositivo pierde utilidad debido a avances tecnológicos, incompatibilidad con nuevas aplicaciones o limitaciones operativas, aun cuando pueda conservar parte de su funcionamiento.
- Periférico: Dispositivo electrónico complementario utilizado para la entrada, salida o almacenamiento de información en equipos de cómputo, tales como teclados, mouse, cámaras, escáneres, impresoras y dispositivos externos.
- Reacondicionamiento: Proceso de reparación, ajuste o actualización de un equipo electrónico con el fin de restablecer parcial o totalmente su funcionalidad para extender su vida útil.
- Reciclaje: Proceso mediante el cual los materiales contenidos en los RAEE son recuperados, transformados y reincorporados a nuevos ciclos productivos.
- Reutilización: Acción mediante la cual un aparato eléctrico o electrónico, o alguno de sus componentes, vuelve a utilizarse para el mismo propósito para el que fue diseñado originalmente, sin requerir procesos significativos de transformación.
- Segregación: Actividad consistente en separar los residuos de acuerdo con sus características, composición y posibilidades de aprovechamiento, evitando mezclas que dificulten su gestión posterior.
- Tóner y Cartuchos Usados: Consumibles utilizados en impresoras y equipos de reproducción documental que, una vez agotados, deben ser gestionados de manera diferenciada debido a la presencia de residuos de tinta o polvo de impresión.
- UPS (Sistema de Alimentación Ininterrumpida): Equipo diseñado para suministrar energía eléctrica temporalmente durante interrupciones del suministro. Contiene baterías que requieren manejo especial al finalizar su vida útil.
- Residuo Especial: Residuo que, por sus características físicas, químicas o de manejo, requiere controles específicos para su almacenamiento, transporte o disposición, aunque no necesariamente se clasifique como residuo peligroso.
- Valorización: Proceso mediante el cual los RAEE o sus componentes adquieren nuevamente valor económico mediante reutilización, reparación, recuperación o reciclaje.
4. Normas
4.1. Aplica a todos los equipos eléctricos y electrónicos generados en:
- Oficinas administrativas.
- Talleres
- Bodega
- Operaciones
Incluye:
- Computadores
- Monitores
- Impresoras
- UPS
- Teclado
- Mouse
- Discos duros.
- Routers
- Switches
- Equipos de comunicación.
- Accesorios electrónicos.
- Otros
4.2. CLASIFICACIÓN DE LOS RAEE
Con el fin de facilitar la segregación, almacenamiento temporal, control interno y posterior entrega a gestores autorizados, los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) generados por la
organización deberán clasificarse de acuerdo con sus características físicas, requerimientos de manejo y alternativas de aprovechamiento.
Grupo 1: Equipos Electrónicos Completos
Corresponde a equipos eléctricos y electrónicos retirados de operación que conservan la mayoría de sus componentes estructurales y funcionales. Incluye, entre otros:
- Computadores de escritorio (CPU).
- Computadores portátiles.
- Impresoras
- Escáneres.
- Fotocopiadoras
- Routers
- Switches
- Teléfonos fijos y celulares.
- Equipos de comunicación.
- Equipos electrónicos de oficina.
Estos equipos deberán almacenarse completos, protegidos de la humedad y evitando daños físicos que dificulten su posterior aprovechamiento o disposición.
Grupo 2: Monitores y Pantallas
Corresponde a dispositivos de visualización que, debido a su fragilidad y características constructivas, requieren almacenamiento diferenciado. Incluye:
- Monitores LCD.
- Monitores LED.
- Televisores
- Pantallas industriales.
- Pantallas de equipos electrónicos.
Estos elementos deberán almacenarse en posición estable, protegidos contra golpes y evitando la ruptura de pantallas o componentes internos.
Grupo 3: Baterías y Sistemas de Alimentación de Respaldo
Corresponde a equipos o componentes destinados al almacenamiento de energía eléctrica, los cuales requieren manejo diferenciado debido a los riesgos asociados a cortocircuitos, derrames o presencia de sustancias potencialmente peligrosas.
Incluye:
- UPS fuera de servicio.
- Baterías de UPS.
- Baterías de computadores portátiles.
- Baterías de equipos electrónicos.
- Pilas y acumuladores.
Estos residuos deberán mantenerse segregados del resto de los RAEE y almacenarse en condiciones que eviten golpes, humedad o daños en sus terminales.
Grupo 4: Consumibles de Impresión
Corresponde a elementos consumibles utilizados en equipos de impresión que han agotado su vida útil.
Incluye:
- Cartuchos de tinta.
- Tóner.
- Unidades de imagen.
- Cintas de impresión.
- Otros consumibles electrónicos similares.
Estos residuos deberán almacenarse en recipientes o espacios destinados para tal fin, evitando su mezcla con otros residuos electrónicos.
Cables, Accesorios y Componentes Electrónicos
Corresponde a elementos electrónicos o eléctricos retirados individualmente durante procesos de mantenimiento, reparación, actualización tecnológica o desmonte de equipos.
Incluye:
- Cables eléctricos.
- Cables de red.
- Adaptadores
- Cargadores
- Teclados
- Mouse
- Parlantes
- Diademas
- Fuentes de poder.
- Tarjetas electrónicas.
- Tarjetas madre.
- Discos duros.
- Memorias y componentes electrónicos diversos.
Estos elementos deberán mantenerse segregados y almacenarse de manera organizada para facilitar su aprovechamiento o gestión posterior
Consideraciones Generales
- Los RAEE deberán mantenerse separados de residuos ordinarios, aprovechables y residuos peligrosos.
- No se permitirá el abandono de equipos electrónicos en oficinas, bodegas, talleres o áreas operativas.
- No se permitirá la disposición de RAEE en recipientes destinados a otras corrientes de residuos.
- Los equipos deberán almacenarse procurando conservar su integridad física hasta su entrega para aprovechamiento, reciclaje o disposición final.
- Cuando existan componentes que contengan información de la organización, el área responsable deberá garantizar previamente la eliminación, destrucción o protección de los datos contenidos en dichos dispositivos.
4.3. PROCEDIMIENTO OPERATIVO
4.3.1. Identificación de los RAEE
Cuando un equipo eléctrico o electrónico presente fallas, daño físico, pérdida de funcionalidad, obsolescencia tecnológica o haya sido retirado de operación, el área responsable deberá informar al Área de Sistemas para su evaluación.
Antes de clasificar un equipo como RAEE, se deberá verificar la posibilidad de:
- Reparación.
- Reutilización interna.
- Reasignación a otra área.
- Aprovechamiento de acuerdo con las necesidades de la organización.
Una vez determinada la imposibilidad de continuar utilizando el equipo, este deberá ser gestionado como RAEE.
4.3.2. Retiro y Baja de Equipos
Los equipos retirados de operación deberán ser separados de los equipos activos y trasladados al área definida para almacenamiento temporal de RAEE.
Cuando aplique, el Área de Sistemas deberá realizar las actividades necesarias para proteger, eliminar o recuperar la información contenida en discos duros, memorias u otros dispositivos de almacenamiento antes de su disposición.
No se permitirá el abandono de equipos fuera de servicio en oficinas, bodegas, talleres, cuartos técnicos o áreas operativas.
4.3.3. Segregación de los RAEE
Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos deberán segregarse de acuerdo con la clasificación establecida en el presente procedimiento.
La segregación deberá realizarse considerando las siguientes categorías:
- Equipos electrónicos completos.
- Monitores y pantallas.
- Baterías y sistemas de alimentación de respaldo.
- Consumibles de impresión.
- Cables, accesorios y componentes electrónicos.
No se permitirá la mezcla de RAEE con residuos ordinarios, residuos aprovechables, residuos peligrosos o chatarra convencional.
4.3.4. Almacenamiento temporal
Los RAEE deberán almacenarse temporalmente en un área definida por la organización, la cual deberá mantenerse ordenada, identificada y protegida de condiciones que puedan deteriorar los equipos o generar riesgos para las personas.
El área de almacenamiento deberá cumplir como mínimo con las siguientes condiciones:
- Estar protegida de lluvia y humedad.
- Mantener condiciones adecuadas de orden y limpieza.
- Permitir la segregación de las diferentes categorías de RAEE.
- Evitar el contacto directo de los residuos con el suelo.
- Restringir el acceso a personal no autorizado.
Los equipos deberán almacenarse procurando conservar su integridad física y evitando golpes, caídas o daños adicionales.
4.3.5. Control e Inventario
La organización deberá mantener un control básico de los RAEE almacenados temporalmente, identificando como mínimo:
Tipo de residuo.
- Cantidad
- Área generadora.
- Fecha de ingreso al almacenamiento temporal.
Este control permitirá realizar seguimiento a las cantidades generadas y programar oportunamente su entrega para aprovechamiento o disposición final.
4.3.6. Entrega para Aprovechamiento o Disposición Final
Los RAEE almacenados deberán ser entregados periódicamente a programas posconsumo, gestores autorizados o empresas que cuenten con las condiciones necesarias para realizar actividades de aprovechamiento, reciclaje, tratamiento o disposición final.
Durante la entrega se deberá verificar la generación de los respectivos soportes, certificados, actas o documentos que evidencien la adecuada gestión de los residuos.
4.3.7. Registros y Trazabilidad
Toda actividad relacionada con la gestión de RAEE deberá contar con los registros que permitan demostrar su adecuada administración.
Cuando aplique, se deberán conservar:
- Inventarios de RAEE.
- Actas de baja de equipos.
- Registros de entrega.
- Certificados de aprovechamiento.
- Certificados de disposición final.
- Evidencias fotográficas de campañas o jornadas de gestión.
La información deberá mantenerse disponible como soporte de la gestión ambiental realizada por la organización.
4.4. CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO
Los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) deberán almacenarse temporalmente en un área definida por la organización, garantizando condiciones que permitan preservar la integridad de los equipos, prevenir daños adicionales y facilitar su posterior gestión.
El área destinada para almacenamiento de RAEE deberá cumplir como mínimo con las siguientes condiciones:
- Estar protegida de la lluvia, humedad y exposición directa a la intemperie.
- Mantener condiciones adecuadas de orden y limpieza.
- Permanecer identificada y señalizada.
- Permitir la segregación de las diferentes categorías de RAEE establecidas en el presente procedimiento.
- Restringir el acceso a personal no autorizado.
- Evitar el contacto directo de los residuos con el suelo mediante estibas, estanterías o superficies adecuadas.
- Disponer de espacio suficiente para evitar apilamientos inestables o daños a los equipos.
- Permitir una inspección visual periódica de las condiciones de almacenamiento.
Adicionalmente, deberán considerarse las siguientes medidas específicas:
- Los monitores, pantallas y equipos frágiles deberán almacenarse de forma que se minimice el riesgo de ruptura o impacto.
- Las baterías y acumuladores deberán mantenerse segregados del resto de los RAEE y protegidos contra golpes, humedad o cortocircuitos.
- Los cables, accesorios y componentes electrónicos pequeños deberán almacenarse en recipientes o espacios que faciliten su organización y control.
- No se permitirá el almacenamiento conjunto de RAEE con residuos ordinarios, residuos peligrosos, sustancias químicas o materiales que puedan deteriorar los equipos.
La permanencia de los RAEE en almacenamiento temporal deberá ser la mínima necesaria hasta su entrega para aprovechamiento, reciclaje o disposición final.
4.5. REGISTROS
Con el fin de garantizar la trazabilidad y demostrar la adecuada gestión de los RAEE generados por la organización, se deberán conservar los registros asociados a las diferentes etapas de manejo.
Cuando aplique, se mantendrán los siguientes registros:
- Inventario de RAEE generados y almacenados temporalmente.
- Registros de baja o retiro de equipos fuera de servicio.
- Formatos internos de entrega o traslado al área de almacenamiento temporal.
- Actas de entrega a programas posconsumo o gestores
- Certificados de aprovechamiento, tratamiento o disposición final emitidos por el receptor de los residuos.
- Registros fotográficos cuando se considere
- Informes o soportes derivados de campañas de recolección de
Los registros deberán mantenerse organizados, actualizados y disponibles para consulta cuando sean requeridos por la organización o por las autoridades competentes.
5. RESPONSABILIDADES
5.1. Gerencia / Dirección
- Aprobar los recursos necesarios para la gestión de RAEE.
- Apoyar la implementación y cumplimiento del procedimiento.
5.2. Coordinación Ambiental
- Realizar seguimiento al cumplimiento del procedimiento.
- Coordinar las actividades de almacenamiento, control y disposición de los RAEE.
- Mantener los registros asociados a la gestión de estos residuos.
- Verificar las condiciones de almacenamiento temporal.
5.3. Área de Sistemas
- Identificar los equipos fuera de servicio, obsoletos o dados de baja.
- Coordinar la segregación y entrega de los RAEE.
- Gestionar la eliminación o protección de la información contenida en los equipos.
5.4. Jefes de Área
- Reportar oportunamente los equipos que deban darse de baja.
- Garantizar que los RAEE no sean mezclados con otros residuos.
5.5. Trabajadores
- Entregar los equipos fuera de servicio en los puntos definidos.
- No disponer RAEE en recipientes de residuos ordinarios o reciclables.
- Cumplir las disposiciones establecidas en el presente procedimiento.
6. Desarrollo:
El número [#] al final de cada actividad indica la secuencia en la que se desarrolla las actividades.
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GESTIÓN Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE) |
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Identificación y retiro de equipos |
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RESPONSABLE |
No |
ACTIVIDAD |
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Jefes de Área / Trabajadores |
1 |
Reportar al Área de Tecnología cuando un equipo eléctrico o electrónico presente fallas, daño físico, pérdida de funcionalidad, obsolescencia tecnológica o haya sido retirado de operación. [2] |
|
Área de tecnología |
2 |
Verificar la posibilidad de reparación, reutilización interna, reasignación o aprovechamiento del equipo. Cuando se determine la imposibilidad de continuar utilizándolo, clasificarlo como RAEE y disponer su retiro de operación. [3] |
|
3 |
Realizar, cuando aplique, las actividades necesarias para proteger, eliminar o recuperar la información contenida en discos duros, memorias u otros dispositivos de almacenamiento antes de su entrega para gestión externa. [4] |
|
|
Segregación y almacenamiento temporal |
||
|
RESPONSABLE |
No |
ACTIVIDAD |
|
Área de tecnología / Trabajadores |
4 |
Separar los equipos retirados de los equipos activos y realizar la segregación física de los RAEE de acuerdo con los cinco grupos de clasificación establecidos: equipos electrónicos completos, monitores y pantallas, baterías y sistemas de alimentación de respaldo, consumibles de impresión, y cables, accesorios y componentes electrónicos. [5] |
|
5 |
Trasladar los RAEE segregados al área definida para el almacenamiento temporal, manteniendo condiciones adecuadas de orden, protección frente a la humedad y evitando el contacto directo con el suelo. [6] |
|
|
Área ambiental |
6 |
Verificar las condiciones del almacenamiento temporal y registrar el ingreso de los RAEE en el Inventario de RAEE, identificando como mínimo el tipo de residuo, cantidad, área generadora, fecha de ingreso y, cuando aplique, identificación o código del activo. [7] |
|
Cruce de información y baja de activos |
||
|
RESPONSABLE |
No |
ACTIVIDAD |
|
Área de tecnología / Área de contabilidad |
7 |
Realizar el cruce y validación de la información correspondiente a los activos físicos que se encuentran almacenados temporalmente como RAEE, verificando su identificación, código o placa de activo y demás información disponible, con el fin de tramitar y formalizar su retiro tanto de los registros de control tecnológico como del sistema contable y financiero de la organización. Ningún equipo podrá ser entregado a un gestor, programa posconsumo o destinado a disposición final externa sin que previamente se haya completado y soportado este proceso de baja. [8] |
|
Entrega, disposición final y registros |
||
|
RESPONSABLE |
No |
ACTIVIDAD |
|
Área ambiental |
8 |
Programar y coordinar la entrega de los RAEE almacenados (y previamente dados de baja) a programas posconsumo, gestores autorizados o empresas que cuenten con las condiciones requeridas para su aprovechamiento, tratamiento o disposición final. [9] |
|
9 |
Verificar la generación de los respectivos soportes durante la entrega y conservar las actas de entrega, certificados de aprovechamiento, tratamiento o disposición final emitidos por el receptor, junto con los soportes de baja correspondientes, garantizando la trazabilidad y cierre de la gestión realizada. [Fin] |
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7. Registros
7.1. Formato GI-FT-13 Inventario residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)
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Elaboró |
Revisó |
Aprobó |
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Juan Pablo Solarte Asesor Externo ARL |
Elkin Rodríguez Jefe de Seguridad y Salud en el Trabajo |
Elkin Rodríguez Jefe de Seguridad y Salud en el Trabajo |